SENTENCIA SEGUROS CAIXABANK

La Audiencia Provincial de Tenerife ha ordenado a CaixaBank a devolver las primas del seguro vinculado a una hipoteca después de haber subido su precio de forma unilateral en un 400%. Según informa el diario financiero Cinco Días, en 2002 una ciudadana contrató un seguro de vida vinculado a su préstamo hipotecario por un importe mensual de 30 euros, que llegó a aumentar hasta los 127 euros en septiembre de 2016, sin haber recibido ninguna notificación previa de la subida del precio. Además, en el contrato del seguro, la entidad financiera aparecía como beneficiaria irrevocable por el total del préstamo hipotecario.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Tenerife establece que la subida de la prima del seguro, como elemento esencial del contrato, requiere la redacción por escrito y el consentimiento de la titular de la hipoteca, y que la prórroga anual del contrato no constituye un convenio distinto. Asimismo, se destaca que CaixaBank “ha venido sistemáticamente subiendo la prima en cada renovación anual por prórroga tácita, sin que esta modificación conste por escrito, y sin consentimiento expreso de la tomadora”.

La Ley de Contrato de Seguro establece que los contratos de seguros y sus modificaciones deben ser formalizadas por escrito, incluyendo cualquier alteración unilateral del importe de prima que se debe pagar, que es un elemento esencial del contrato. En este sentido, la Audiencia Provincial de Tenerife considera que el aumento unilateral de la prima del seguro es ilegal y ordena a CaixaBank a devolver las primas pagadas.

Fuente: https://mediadores.info/